ANEXO 9 AL CONVENIO DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL

Que es la Facilitación del Transporte Aéreo?

Facilitación es el modo por el cual los Estados logren hasta el grado máximo compatible con el interés público, el paso libre y sin obstáculos de aeronaves y tripulaciones, pasajeros, equipajes, mercancías, correo y todo suministro transportado por vía aérea, evitando toda demora innecesaria

COMITÉ NACIONAL DE FACILITACION

Contamos con un Comité Nacional de Facilitación (CONAFAL) creado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 32907/77 y ampliado y actualizado por el Decreto 8160/00 y un programa Nacional de Facilitación creado por Decreto del Poder Ejecutivo 17.994/02

Los Miembros Permanente del Comité son:

  • LA DIRECCIÓN NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (DINAC): Como ente administrador de los Aeropuertos y Servicios Aeronáuticos deberá proveer en coordinación con otros organismos competentes la infraestructura necesaria para el apropiado funcionamiento de aquellos, en vista a dar cumplimiento al Programa.-

El presidente de la DINAC se desempeña como presidente del Comité.-La dependencia encargada de la Facilitación del Transporte Aéreo es la Gerencia de Facilitación y Gestión Aeroportuaria dependiente de la Subdirección de Transporte Aéreo, que opera en el Edificio del Ministerio de Defensa Nacional 3º piso TeleFax (595) 21 ? 213365, e- mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..- de la cual dependen dos departamentos que operan en el Aeropuerto, el Departamento de Facilitación del Transporte Aéreo y el Departamento de Gestión Aeroportuaria Tel: 645.600 Int. 2151.- Asimismo esta Gerencia actúa como Secretaría Permanente del CONAFAL.-

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: es la más alta dependencia del Estado competente en materia de Salud y aspectos fundamentales del Bienestar Social. Deberá disponer que se efectúe la desinsectación en las aeronaves y contenedores conforme a las Normas y Métodos recomendados en el Anexo 9, utilizando para ello los insumos químicos apropiados, conforme al Reglamento Sanitario Internacional además de brindar toda la asistencia técnica necesaria para aplicar los procedimientos sanitarios apropiados, relativos a la eliminación de excretas y desperdicios provenientes de las aeronaves y del Aeropuerto. Por otra parte, deberá controlar periódicamente los locales comerciales de expendio de alimentos y bebidas. Para más información ingresar a la pagina web www.mspbs.gov.py .-

SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SALUD ANIMAL - SENACSA: Se rige por la Ley Nº 2426/04, el SENACSA realizará los controles e inspecciones de puertos, aeropuertos, pasos de frontera, aduanas, postales y controles internos, lugares de verificación para el ingreso al país de los productos.  

Cuenta con funcionarios especialistas, destacados en forma permanente en los aeropuertos, con la finalidad de agilizar los controles y las autorizaciones pertinentes, fiscalizar el cumplimiento de a) las medidas de seguridad en materia de sanidad animal, para la importación y exportación de animales, (incluyendo vertebrados, invertebrados de sangre fría o caliente, domésticos o salvajes, aves, peces, mamíferos marinos, reptiles, batracios, quelonios, abejas u otros artrópodos destinados a cualquier fin), b) los productos, subproductos de origen animal, (y aquellos destinados a la alimentación
humana, animal, industria farmacéutica, uso industrial, ornamentación), material reproductivo animal(semen, embriones, óvulos, huevos embrionados y todas las formas precursoras de vida) y c) los productos biológicos y quimioterápicos destinados a uso veterinario como así también productos patológicos.

Además realiza la inspección de las mercaderías y vehículos de transporte en puertos aéreos, decomisa o retiene las mercaderías que no reúnan los requisitos sanitarios para la importación o exportación, establece los mecanismos para minimizar el riesgo de introducción de animales y/o productos portadores de enfermedades, divulgar oportunamente la situación y requisitos zoosanitarios con respecto al movimiento internacional de animales, productos y subproductos, dispone el destino de los desechos alimenticios de la tripulación como asi mismo los embalajes y accesorios utilizados para el transporte internacional de animales, productos y subproductos de orígen animal en aeronaves.

A los fines de facilitación, efectuarán las labores de control y fiscalización en forma coordinada, en un mismo punto de control conjuntamente con los funcionarios  de la Dirección Nacional de Aduanas,  

SERVICIO NACIONAL DE CALIDAD Y SANIDAD VEGETAL Y DE        SEMILLAS, - SENAVE: Se rige por la Ley Nº 2459, y queda constituido por la fusión de la Dirección de Defensa Vegetal (DDV), la Dirección de Semillas, (DISE), la Oficina Fiscalizadora de Algodón y Tabaco, (OFAT) y el Departamento que atiende lo relativo a estándares y normas para la comercialización interna y externa de los productos y subproductos vegetales de la Dirección de Comercialización del Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Es la autoridad de aplicación de la Ley Nº 123/91, “Que adopta nuevas normas de Protección Fitosanitaria, la Ley Nº 385/94, “Ley de Semillas y Protección de Cultivares” y de las demás disposiciones legales cuya aplicación correspondiere a las dependencias del Ministerio de Agricultura y Ganadería, que fusionadas pasan a constituir el SENAVE, con excepción de las derogadas en el Artículo 45 de la Ley Nº 2459.

Será, el órgano de aplicación de los convenios y acuerdos internacionales relacionados a la calidad y sanidad vegetal, a las semillas y a la protección de las obtenciones vegetales y a las especies vegetales provenientes de la biotecnología, de los que Paraguay sea miembro o Estado parte.

Cuenta con funcionarios especialistas, destacados en forma permanente en los aeropuertos, con la finalidad de agilizar los controles y las autorizaciones pertinentes.

A los fines de facilitación, efectuarán las labores de control y fiscalización en forma coordinada, en un mismo punto de control conjuntamente con los funcionarios  de la Dirección Nacional de Aduanas.

SECRETARÍA NACIONAL DE TURISMO (SENATUR): Tiene por objetivo principal, promover y dirigir la actividad turística. Coordina con las instituciones públicas la tramitación de la documentación relacionada con la entrada y salida de turistas. La Secretaría Nacional de Turismo efectuará los arreglos necesarios con el fin de contar con personal capacitado para el intercambio bilingüe de información (español-inglés-portugués, etc) que prestará servicios en puestos de información a los turistas y usuarios de los Aeropuertos. Los puestos de información estarán ubicados en zonas públicas para facilitar la mayor asistencia turística posible, que sea de interés del público y de la industria. Para mayor información ingresar la Web www.senatur.gov.py.-

POLICÍA NACIONAL: En los aeropuertos la agrupación de la Policía Nacional es responsable de las funciones y actividades de Policía con la finalidad de preservar el orden público. Para los fines de Facilitación simplificará en lo posible los controles pertinentes con el propósito de preservar la ventaja de la rapidez que es inherente al transporte aéreo. Por otra parte, las dependencias pertinentes del Departamento de Identificaciones de la Dirección de Apoyo Técnico, tendrán en cuenta las recomendaciones internacionales de la OACI referidas a la normalización de pasaportes, cédulas de identidad y otros documentos de identificación para posibilitar la implantación de la lectura mecanizada de los mismos en los Aeropuertos, conforme estipula el Manual de la OACI ?Documentos de viaje de lectura Documentos de viaje de lectura mecánica. Doc. 9303.- Para mayor información ingresar la Web www.policia.gov.py.-

SECRETARÍA NACIONAL DE ANTIDROGAS (SENAD): Es un órgano dependiente de la Presidencia de la Republica, encargado de reprimir el tráfico ilícito de estupefacientes, drogas peligrosas y afines.- Para el cumplimento de su misión, en los Aeropuertos realiza el control de personas y equipajes, inspección de aeronaves, verificación y registro de medicamentos controlados, con personal especializado apoyado por canes detectores de drogas. Cuenta con funcionarios especialistas, destacados en forma permanente en los Aeropuertos con la finalidad de agilizar los controles y las autorizaciones pertinentes. A los fines de facilitación, efectuarán las labores de control y fiscalización en forma coordinada, en un mismo sector operativo conjuntamente con los funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas.- Para mayor información ingresar la Web www.senad.gov.py.-

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES: cuya función principal es la de ejercer el control de las personas que entran y salen del país, para facilitar al máximo este control, en todos los Aeropuertos dispondrá la utilización del sistema de filas múltiples para el que destinará la cantidad apropiada de funcionarios en servicio permanente. La Dirección General de Migraciones implementará los procedimientos e infraestructura necesarios, tendientes a adecuar el control de los pasaportes a las recomendaciones de la OACI, a fin de priorizar la lectura mecánica de los mismos. Las autoridades migratorias se asegurarán de que todo extranjero no admisible sea transferido nuevamente a la custodia de la compañía aérea en la cual llegó al país a los efectos de regresarlo prontamente al punto de inicio del viaje o a algún lugar donde sea admisible, para ello comunicará inmediatamente al personal de la línea aérea en la que fue transportado el pasajero. Para mayor información ingresar la Web www.migraciones.gov.py.-

DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS: Adoptará las medidas tendientes a cobrar los impuestos y multas que eventualmente sean aplicables, facilitando al máximo los trámites a los pasajeros y simplificando los formularios requeridos para el efecto. Por otra parte, examinará junto con los explotadores y organismos interesados en el comercio internacional, todos los medios posibles referidos a las técnicas de procesamiento electrónico de datos, para simplificar el despacho de mercaderías transportadas por vía aérea, a la llegada y a la salida, y adoptará dichos medios lo antes posible. Para ello tendrá en cuenta las Normas y Métodos recomendados del Anexo 9 y otros documentos afines. Para mayor información ingresar la Web www.aduanas.gov.py.-

DOS REPRESENTANTES DE LAS EMPRESAS QUE OPERAN SERVICIOS AÉREOS INTERNACIONALES EN EL PAÍS PERIÓDICAMENTE A TRAVÉS DE LA JURCAIP (Junta de Representantes de Compañías Aéreas Internacionales en el Paraguay uno de los cuales deberá pertenecer a una Línea Aérea Nacional: Serán los portadores de todas las manifestaciones, inquietudes y sugerencias de los mismos a fin de ofrecer un servicio eficiente al usuario en general. Las compañías aéreas deberán aunar esfuerzos de tal manera a colaborar con las autoridades competentes de los diversos órganos de control y fiscalización que funcionan en el aeropuerto para optimizar al máximo la labor de los mismos. Así mismo deberán prestar constante apoyo al usuario desde el momento en que se presenta al aeropuerto para iniciar un viaje, hasta la llegada a destino o viceversa con la finalidad de agilizar en lo posible el embarque y/o desembarque en las estaciones aéreas. Especial asistencia, brindarán a toda persona con impedimentos, cuya situación así lo requiera. En el caso de pasajeros inadmisibles por parte de la Dirección General de Migraciones, éstos serán transferidos nuevamente a la custodia de la compañía aérea en la cual ingresaron al país, a los efectos de regresarlos prontamente al punto de inicio del viaje o a algún lugar donde sean admisibles, para ello la Compañía Aérea les proporcionará toda la asistencia necesaria. Los funcionarios de las líneas aéreas deberán tener un conocimiento acabado de los procedimientos y exigencias propias de un Aeropuerto que sirve a la Aviación, en particular en la Republica del Paraguay con la finalidad de evitar contratiempos innecesarios.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES (Dirección Consular y de Pasaportes): La Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DINAC), cuando deba realizar alguna gestión de carácter oficial en el exterior en representación del Comité Nacional, en primer lugar realizará las coordinaciones pertinentes con este Ministerio.Con respecto a la emisión de las visas de ingreso al país y de pasaportes oficiales, la dependencia responsable del Ministerio tendrá en cuenta las recomendaciones de la OACI referente a su adecuación al formato de lectura mecánica de conformidad con el Manual de Documentos de viaje de lectura mecánica Doc. 9303 de la OACI, a fin de uniformar los documentos al formato internacionalmente utilizado por otros Estados. Por otra parte, la Dirección General Consular, se asegurará de mantener un fluido canal de comunicación para las gestiones que correspondan con la Dirección General de Migraciones, en lo referente a la agilización para la concesión de visas y al intercambio y divulgación de información relativa a los Acuerdos Internacionales de supresión de visas entre la República del Paraguay y los demás países estableciendo una directa comunicación con las oficinas migratorias de los Aeropuertos. A los fines de facilitación, deberá considerar la eliminación de las visas como fuese posible, en base a Acuerdos Bilaterales y/o de otra clase. A fin de mayor información ingresar a la web www.mre.gov.py