En fecha 9 de agosto de 2022, entró en vigor el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República de Corea para Servicios Aéreos entre y más allá de sus respectivos territorios”, suscrito en la ciudad de Asunción el 19 de mayo de 2021.
Mediante el referido Acuerdo las Partes Contratantes buscan promover un sistema de aviación internacional basado en la competencia entre aerolíneas en el mercado, con un mínimo de intervención y regulación gubernamental e igualdad de oportunidades, así como facilitar la expansión de oportunidades del transporte aéreo internacional, en el interés de ofrecer al público viajero y embarcador una variedad de opciones de servicios a precios bajos que no sean discriminatorios ni que representen un abuso de una posición dominante, y con el deseo que las aerolíneas establezcan e implementen precios innovadores y competitivos.
Además, dispone que las aerolíneas designadas de cada Parte tendrán derecho a establecer oficinas representantes en el territorio de la otra Parte. Esas oficinas representantes podrán incluir personal comercial, operacional, técnico y otro personal especialista necesario para la provisión de los servicios aéreos. Las oficinas representantes, los representantes y el personal serán establecidos conforme a las leyes y reglamentos en vigor en el territorio de esa otra Parte Contratante.
Finalmente, señala que cada Parte Contratante podrá imponer o permitir que se impongan cargos justos y razonables por el uso de aeropuertos y otras instalaciones bajo su control, siempre que tales cargos no sean superiores a los cargos impuestos para dicho uso a sus aerolíneas nacionales comprometidas en servicios internacionales similares.
Fuente: Dirección de Integración Física y Transporte Internacionales - Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay